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Los Grupos Legislativos de Morena, PVEM y la Fracción del PT ingresaron una iniciativa para reformar la Constitución Política del Estado de Querétaro, con el objetivo de establecer elecciones democráticas para magistrados y jueces locales. La propuesta fue presentada hoy ante la Oficialía de Partes de la LXI Legislatura, marcando el inicio de un cronograma de trabajo que incluye foros de consulta ciudadana.
Edgar Inzunza Ballesteros, coordinador de Morena, destacó la búsqueda de legitimidad democrática en el Poder Judicial, el único poder sin elección directa ciudadana. Claudia Díaz Gayou subrayó el compromiso con la reforma judicial federal del 15 de septiembre de 2024, que obliga a las entidades a adaptar sus marcos normativos para fortalecer la transparencia, la imparcialidad y la paridad de género.
Homero Barrera Mcdonald enfatizó que el plazo para armonizar la constitución local vence el 14 de marzo de 2025, y advirtió sobre el riesgo de omisión legislativa si no se actúa. También mencionó que las elecciones de jueces y magistrados deberán realizarse en junio de 2025 y durante las intermedias de 2027.
La iniciativa prioriza la lucha contra la corrupción, la rendición de cuentas y la justicia expedita. Andrea Tovar insistió en la necesidad de aprobar la reforma dentro del plazo, mientras Arturo Maximiliano García valoró la elección escalonada para evitar interrupciones en la impartición de justicia.
Las y los legisladores dieron a conocer las principales modificaciones propuestas:
1. Elección Popular de Jueces y Magistrados: Introducción del Artículo 28 Bis para regular los procesos democráticos de selección; obligatoriedad de convocatorias públicas y transparencia en los procedimientos; y limitación del uso de recursos públicos o privados en campañas electorales.
2. Periodo de Servicio y Reelección: Reducción del periodo de servicio para magistrados y jueces de 12 a 9 años y la posibilidad de reelección inmediata a través de procesos democráticos.
3. Creación del Tribunal de Disciplina Judicial: Artículo 29 Bis define su integración por cinco magistrados electos por la ciudadanía y gozarán de independencia técnica y de gestión para garantizar imparcialidad en sanciones.
4. Órgano de Administración Judicial: Estará facultado para supervisar el ingreso, formación y permanencia de jueces y magistrados y habrá una mayor optimización de recursos financieros para mejorar la impartición de justicia.
5. Plazos Máximos para Resoluciones Judiciales: En el Artículo 2 se establecen límites temporales para la resolución de casos tributarios y penales, fortaleciendo la garantía de justicia pronta.
6. Paridad de Género: Aplicación transversal de este principio en todos los niveles del sistema judicial, asegurando acceso igualitario para mujeres y hombres.
